Estructura Colegial

Estructura Colegial

El Colegio Oficial de Trabajo Social de Granada se compone de múltiples organismos, los cuales desempeñan funciones esenciales para el buen hacer del mismo. Pasamos a detallarlos a continuación:

LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 29. Composición y naturaleza.

  1. La Asamblea General, compuesta por el decano/decana y por los demás miembros de la Junta de Gobierno del Colegio y por todas las personas colegiadas presentes y legalmente representadas, es el supremo órgano del Colegio. Sus acuerdos y resoluciones válidamente adoptados obligan a todas las personas colegiadas, incluidas las que voten en contra de los mismos, se abstengan o se hallen ausentes.
  2. Las personas precolegiadas podrán asistir en calidad de oyentes a las Asambleas Generales que se celebren.

Artículo 30. Funcionamiento.

  1. Las Asambleas Generales podrán ser ordinarias y extraordinarias; se celebrará, al menos, una Asamblea ordinaria al año, dentro del primer trimestre natural para la aprobación de las cuentas anuales y memoria de gestión; así como para aprobar el presupuesto y el programa de actividades del siguiente año.
  2. La Asamblea General Extraordinaria tendrá lugar cuando lo acuerde la Junta de Gobierno o cuando lo solicite como mínimo un 10% del total de las personas colegiadas. La petición se efectuará mediante escrito motivado en el que consten los asuntos a tratar.
  3. Todas las personas colegiadas tienen el derecho de asistir con voz y voto a las Asambleas Generales que se celebren, admitiéndose la representación y el voto por delegación, mediante autorización escrita y para cada Asamblea, debiendo necesariamente recaer dicha delegación en otra persona colegiada o en el decano/decana de la Junta de Gobierno del Colegio, cuando la delegación se realice a la Junta de Gobierno.

Serán válidas las representaciones entregadas al secretario/a antes de dar comienzo la Asamblea.

  1. Al menos diez días antes de la celebración de la Asamblea General Ordinaria las personas colegiadas podrán presentar las propuestas que deseen someter a la deliberación y acuerdo de la Asamblea, y que serán incluidas por la Junta de Gobierno en la sección del orden del día.

Dicha propuesta deberá aparecer suscrita por un número de personas colegiadas no inferior al 1 por 100 del total del censo, con un mínimo, en cualquier caso, de 10 personas colegiadas.

JUNTA DE GOBIERNO

Artículo 33. Junta de Gobierno.

1. La Junta de Gobierno es el órgano colegial representativo y ejecutivo al que corresponde el gobierno y administración del Colegio, sujeto a la normativa vigente que le resulte de aplicación y a los presentes Estatutos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 bis de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, de Igualdad de Género en Andalucía, se adoptarán las medidas adecuadas para que en el órgano de dirección de la corporación profesional se asegure la representación equilibrada de mujeres y hombres.

2. La Junta de Gobierno estará compuesta por: decana/decano del Colegio, vicedecana/o, secretaria/o, tesorera/o y entre dos y siete Vocales.

3. No se podrá pertenecer a la Junta de Gobierno del Colegio en los siguientes casos:

a) Si se forma parte de la Junta de Gobierno de otro Colegio de Trabajo Social.

b) Las personas colegiadas que se hallen condenadas por sentencia firme que lleve aparejada la inhabilitación o suspensión para ejercer cargos públicos y las que hayan sido objeto de sanción disciplinaria grave o muy grave en cualquier colegio, en tanto no quede extinguida la correspondiente responsabilidad.

4. Los miembros de la Junta, que deberán estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y corporativos, deberán tener un mínimo de seis meses de colegiación.

5. Los miembros de la Junta de Gobierno están sujetos al régimen de incompatibilidades establecido en el Código de Buen Gobierno del Consejo General del Trabajo Social.

Funciones de la Junta de Gobierno:

Artículo 35. Funciones de la Junta de Gobierno.

  1. Corresponde a la Junta de Gobierno el ejercicio de las siguientes funciones:
  2. Velar por el cumplimiento y ejecución de los acuerdos adoptados por la Asamblea General, así como promover las iniciativas que por dicha Asamblea le sean encomendadas.
  3. Resolver sobre las peticiones de incorporación al Colegio de nuevos profesionales, admitiendo o denegando la colegiación de los mismos.
  4. Administrar los bienes del Colegio y disponer de los recursos del mismo.
  5. Confeccionar, para su aprobación por la Asamblea General, la programación y la memoria anual de actividades, la memoria económica y los presupuestos del Colegio y rendir cuentas ante aquella.
  6. Ejercer la potestad disciplinaria sobre las personas colegiadas.
  7. Dirimir los conflictos que puedan suscitarse entre las personas colegiadas en el ejercicio de la profesión previa solicitud de las mismas.
  8. Fijar la fecha de celebración de la Asamblea General y el orden del día de sus sesiones.
  9. Elaborar y proponer los proyectos de Reglamento de Régimen Interior y sus modificaciones para su posterior aprobación por la Asamblea General y proponer a ésta la modificación de los Estatutos.
  10. Informar a las personas colegiadas con prontitud sobre los temas de interés general y dar respuesta a las consultas que aquellas planteen.
  11. Tomar toda clase de decisiones propias de la administración del Colegio, incluidas la contratación del personal del mismo y el arrendamiento de los locales en que deba fijarse la sede del Colegio o de aquellos necesarios para el desarrollo de las actividades colegiales que no puedan desarrollarse en la sede del mismo.
  12. Crear Comisiones de trabajo, asesoramiento y estudio que estime conveniente, así como las comisiones delegadas que considere oportunas.
  13. Las de coordinación con el Consejos Andaluz y Estatal, ejecutando los acuerdos correspondientes.
  14. Tomar todo tipo de acuerdos dirigidos al cumplimiento de los fines y funciones del Colegio siempre que no estén expresamente atribuidos a otros órganos o cargos del Colegio, y ordenar lo procedente para que sean ejecutados. Expresamente, y a modo meramente enunciativo, corresponde a la Junta de Gobierno acordar la presentación de escritos, reclamaciones, solicitudes, demandas y recursos, judicial o extrajudicialmente, y en defensa de los intereses de los/as colegiados/as, el Colegio o la profesión. Igualmente corresponde a la Junta de Gobierno la facultad de acordar y asumir compromisos en nombre del Colegio, que impliquen incluso el endeudamiento del mismo o la obtención de avales, y ello dentro de los límites fijados estatutariamente.

CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS PROFESIONALES DE TRABAJO SOCIAL

El Consejo Andaluz de Colegios Profesionales de Trabajo Social es una corporación de Derecho Público (Decreto 26/1998, de 10 de febrero, por el que se crea el Consejo Andaluz de Colegios de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales) que agrupa a los Colegios Profesionales de Trabajo Social de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla. Representa al conjunto de profesionales del Trabajo Social de Andalucía, más de 5.000 trabajadoras y trabajadores sociales, bajo el compromiso de la defensa de los derechos sociales de la ciudadanía desde la responsabilidad ética del Trabajo Social.

El Consejo Andaluz forma parte del Consejo General del Trabajo Social: órgano representativo, coordinador y ejecutivo de los 36 Colegios a nivel estatal que agrupan un total de 40.000 colegiados/as. Responsable del ordenamiento del ejercicio profesional de los trabajadores y trabajadoras sociales, de velar por el prestigio de la profesión y de exigir a los Colegios de Trabajo Social y a sus miembros el cumplimiento de sus deberes deontológicos.

El Consejo Andaluz, sin perjuicio de la autonomía y competencia propia de cada Colegio, tendrá en coordinación y representación de los Colegios que lo componen, con el objetivo siempre de promocionar y desarrollar la profesión en Andalucía, las finalidades siguientes:

  1. Alcanzar la adecuada satisfacción de los intereses generales en relación con el ejercicio de la profesión.
  2. La ordenación del ejercicio de la profesión, dentro del marco legal respectivo y el ámbito de sus competencias.
  3. La representación y defensa de los intereses generales de la profesión, así como de los intereses profesionales de los colegiados.
  4. Asumir su defensa ante la Junta de Andalucía en las cuestiones de interés común, así como ante cualquier institución, organismo, agencia, o persona legítimamente designada para el cumplimiento de sus fines.
  5. La protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios que prestan los Colegios, velando por la calidad de las prestaciones realizadas.
  6. Controlar que la actividad colegial se someta a las normas deontológicas de la profesión.

El Consejo Andaluz de Colegios Profesionales de Trabajo Social velará por el cumplimiento de las normas deontológicas y restantes normas profesionales, defendiendo el prestigio de la profesión así como su independencia frente a cualquier injerencia tendente a restringirla o menoscabarla, todo ello en su marco territorial andaluz.

Actualmente, la sede del Consejo Andaluz, se encuentra en Córdoba.

CONSEJO GENERAL DEL TRABAJO SOCIAL

El Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales es el superior órgano representativo, coordinador y ejecutivo, en los ámbitos nacional e internacional, de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales, y, en su caso, de los Consejos Autonómicos en los que se integran. Tiene a todos los efectos la condición de corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

Durante  ocho  años  he  desempeñado  la  función  de  Secretaria  General del Consejo General del Trabajo Social,  dando respaldo y apoyo a un proyecto de gobierno en el que he creído, y sobre  el  que  hemos  planteado  elementos  de  mejora  y  regeneración,  que  nos faciliten  continuar  avanzando  en  la  defensa,  estabilidad  y  fortaleza  de  esta  profesión.  Nuestro único objetivo en esta nueva andadura como presidenta  de  este Consejo  General  del  Trabajo  Social  es  creer  y  querer  a esta  profesión  y  aprovechar  la oportunidad  de  contribuir para  que  el  trabajo  social,  como  disciplina  del  ámbito  de  la  ciencia  sociales,  continúe avanzando  y  ocupe  el  lugar  de  reconocimiento  que  merece  y  se  visibilice  a  los y las profesionales de referencia de los Servicios Sociales: los y las trabajadoras Sociales.

Como no podía ser de otra manera, reconocemos y agradecemos el trabajo que, desde la estructural colegial, miles de trabajadores y trabajadoras sociales han realizado desde los  inicios  de  esta  organización,  hace  36  años.  Año  tras  año  hemos  conseguido  una profesión  más  fuerte,  más  conocida  y  reconocida.  Solo  desde  el  trabajo  compartido,  la proyección de las metas a conseguir será posible. También mi agradecimiento a todos y todas las compañeras que desde los distintos ámbitos de intervención  han  estado  y están  defendiendo  los  derechos  y  las libertades de los y las ciudadanas y, en particular, al Trabajo Social. Sin duda, todo este esfuerzo ha posibilitado que hoy tengamos una trabajadora social como Secretaria de Estado de Servicios Sociales, referente del trabajo de toda la estructura colegial.

Esta Junta de Gobierno está compuesta por trabajadoras y trabajadores sociales con la mejor dedicación y gran motivación  para  representar  a  cerca  de  40.000  trabajadoras sociales  en  todo  el  territorio,  y también a nivel europeo e internacional continuando siendo miembros de la Federación Internacional del Trabajo Social (FITS).

En unos meses estaremos en periodo de elecciones municipales, autonómicas y europeas, siendo nuestra responsabilidad la defensa de la profesión del Trabajo Social, se realizará un análisis de los programas electorales y se harán llegar nuestras propuestas a todos los grupos políticos. Pondremos en agenda pública la defensa del Sistema Público de Servicios Sociales, y todos los ámbitos donde se desarrolla nuestra profesión: Servicios Sociales (dependencia, discapacidad, etc.), Salud,  Educación,  Justicia,  Vivienda, Innovación Social, Tercer Sector, Ejercicio Libre, Emergencias, etc.

Compromisos en los que se asienta nuestra gestión del buen gobierno:

  • En el compromiso político para abordar una agenda social que no admite demora posible.
  • Fortalecer la estructura colegial, sólo la unión hace la fuerza.
  • Trabajar por el ejercicio profesional mediante la buena praxis, nuestro Código Deontológico debe ser nuestra hoja de ruta en el ejercicio de nuestra profesión.
  • Avance de los ámbitos de actuación.
  • Mejora de la comunicación y redes sociales, los desarrollos de las nuevas tecnologías han supuesto una revolución sin precedentes.
  • Fomentar la formación, investigación y publicaciones en aras a una buena calidad en la competencia profesional.
  • Hacer del consenso y la participación proactiva en la toma de decisiones, nuestra carta de presentación y compromiso.
  • Cumplir con la función estatutaria de servicio a la ciudadanía, siendo necesario continuar y promover herramientas y canales de comunicación directamente dirigidos a esta.

Abordar  los  retos  y  desafíos  de  la  profesión  no  sólo  es  una  obligación  sino  una exigencia de presente y futuro, y como dice un proverbio africano “Nunca se borrarán la huellas  de  las  personas  que  caminaron  juntas”. Durante estos cuatro años procuremos que se hable mucho y bien de esta profesión.